EL GOBIERNO NACIONAL PERMITIÓ LA ACTIVIDAD DE BARES Y RESTAURANTES, EN TODO EL TERRITORIO PROVINCIAL

Según la Decisión Administrativa 968/2020, se exceptúa del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, la actividad de bares y restaurantes, en todo el territorio de la provincia de Santa Fe, conforme lo siguiente:

a) Con modalidad de reserva previa, garantizando el debido distanciamiento social entre los comensales, los que deberán concurrir por sus propios medios, pudiendo ocuparse simultáneamente hasta un máximo del 50% de la capacidad de los locales;

b) Arbitrando medidas para desinfectar el calzado de los asistentes; y la limpieza y desinfección de las superficies y objetos de uso frecuente, antes de la apertura, periódicamente durante el horario en el que las instalaciones permanezcan abiertas y al cierre;

c) Uso obligatorio y de manera correcta por parte del personal del establecimiento de los elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón.

La provincia de Santa Fe deberá dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de las actividades, servicios o profesiones, pudiendo limitar el alcance de la excepción a determinadas áreas geográficas o a determinados municipios, o establecer requisitos específicos para su desarrollo que atiendan a la situación epidemiológica local y a las características propias del lugar, con el fin de minimizar el riesgo de propagación del virus.

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