Novedades AFIP y Programa REPRO II

El Centro Comercial Industrial y de la Producción Villa Constitución (CCIP) comunica las medidas publicadas en el día de la fecha por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

A continuación, el detalle de cada una de ellas:

  • Resolución General 4886/2020: Se establece una nueva extensión del período de utilización del Servicio Digital trámites AFIP de obligatoriedad temporal en el marco de la emergencia sanitaria del “Coronavirus COVID-19” hasta el 31 de enero de 2021 inclusive.
  • Resolución General 4887/2020: Se extendió también hasta el día 31 de enero de 2021 inclusive la vigencia transitoria aplicable a la cantidad máxima de planes de facilidades de pago admisibles, cantidad de cuotas y tasa de interés de financiamiento, correspondiente al régimen de facilidades de pago dispuesto por la Resolución General N° 4268.
  • Resolución General 4888/2020 : Se modifica la Resolución General Nº 4056 referida a la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal e Intercambio automático de información relativo a cuentas financieras.

Asimismo, informamos que aquellos empleadores que hubiesen efectuado el pago total o parcial de haberes en forma previa a la percepción por parte de sus trabajadores dependientes del Programa REPRO II y cuyo monto, sumado el pago de dicho beneficio correspondiente al mismo mes de devengamiento, supere la suma que le hubiere correspondido percibir a cada trabajador por parte de su empleador, podrán imputar el excedente a cuenta del pago del salario correspondiente al mes siguiente.

La medida fue publicada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a través de la Resolución 1098/2020 en el día de la fecha.

Recordamos que el Programa REPRO II consiste en una suma dineraria individual y fija a abonar a los trabajadores, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores adheridos al mismo, de acuerdo a las características establecidas.

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