AFIP prorrogó medidas de interés para las pymes

Desde el Centro Comercial Industrial y de la Producción Villa Constitución (CCIPVC) informamos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) renovó medidas de interés para pymes relativas a la prohibición en la baja del monotributo, la suspensión de embargos y beneficios para pymes exportadoras.

Bajas en el Monotributo

A través de la Resolución General 4825/2020, AFIP prorrogó durante septiembre el beneficio que suspende la baja del sistema de los monotributistas por falta de pago.

La normativa establecela baja del régimen cuando no se abonan diez cuotas consecutivas. El organismo resolvió que septiembre no será computado a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas.

La medida señala que existen distintas situaciones previstas en la ley que generan la baja del régimen.La más extendida es cuando la suma de los ingresos brutos del contribuyente excede el máximo establecido por la categoría máxima disponible.

Beneficios para pymes exportadoras

Mediante la Resolución General 4826/2020, AFIP prorrogó hasta el 31 de octubre el beneficio que habilita a todas las micro, pequeñas y medianas empresas exportadoras a posponer el pago de los derechos de exportación. La medida permite a aquellas empresas con deudas impositivas o previsionales la posibilidad de hacer uso del plazo de postergación para la cancelación de dichas obligaciones tributarias.

La normativa ofrece alivio financiero para las pymes exportadoras con el objetivo de amortiguar los efectos de la pandemia sobre el entramado productivo. Las pymes beneficiadas son aquellas que no podían acceder al plazo de postergación previsto en la normativa por contar con deudas impositivas o previsionales. La medida implementada por la Dirección General de Aduanas (DGA) permite que esas firmas exportadoras puedan posponer el pago de los Derechos de Exportación.

Las empresas que pretendan acceder uso del plazo de espera deberán presentar una declaración jurada como garantía. La normativa vigente permite que las pymes posterguen los pagos entre 15 y 120 días, según el monto exportado o el tipo de mercadería.

Suspensión de embargos

AFIP extendió la suspensión de los embargos y ejecuciones fiscales a las pymes hasta el 31 de octubre, inclusive, a través de la Resolución General 4828/2020. La medida alcanza a alrededor de 1 millón de empresas que cuentan con el Certificado MiPyme.

La normativa referida a las ejecuciones fiscales prevé la suspensión de la gestión judicial del cobro de las obligaciones tributarias en aquellas jurisdicciones donde se hubiera habilitado el levantamiento de la feria judicial extraordinaria.

Para acceder a la Resolución General 4825/2020, clic aquí.

Para acceder a la Resolución General 4826/2020, clic aquí.

Para acceder a la Resolución General 4828/2020, clic aquí.

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