Cómo funcionará el nuevo plan Cuota Simple que regirá desde el jueves 1º de febrero

El programa que reemplaza al Ahora 12 estará vigente desde el 1˚ de febrero

El 1˚ de febrero, el Gobierno nacional pondrá en marcha el programa de fomento al consumo para comprar en 3 y 6 cuotas fijas denominado Cuota Simple; el cual reemplaza al Ahora 12 y estará vigente hasta el próximo 31 de mayo.

La iniciativa fue oficializada a través de la Resolución 50/2024, publicada en el Boletín. De esta forma, el Ministerio de Economía de la Nación creó el «Programa de Fomento al Consumo y a la Producción de Bienes y Servicios» con «facilidades de financiamiento».

Se trata de un nuevo programa de financiación que cambia la cantidad de cuotas, ahora da la posibilidad de financiar en tres y seis pagos con tarjeta a una tasa de interés subsidiada.

El programa, que abarca 28 categorías de productos de fabricación nacional, determina que las ventas realizadas con la modalidad de 3 cuotas, la tasa será del 10,76 %. En el caso de 6 cuotas, la tasa será del 19,76%. Las mismas serán acreditadas a los proveedores y/o comercios adheridos en diez días hábiles.

La medida se podrá acceder con una tasa nominal anual (TNA) que representa el 85% de la tasa mínima para plazos fijos estipulada por el Banco Central (110% TNA).

De acuerdo con la resolución, los proveedores y comercios que deseen participar del programa deben adherirse a través de las emisoras de tarjetas de crédito.

La lista completa de rubros

– Línea Blanca: Comprenderá únicamente los siguientes productos: aires acondicionados, climatizadores de aire y/o ventilación, lavavajillas, lavarropas y secarropas, cocinas, hornos y anafes; calefactores y estufas, termotanques y calefones, heladeras, congeladores y freezers.

– Indumentaria: prendas de vestir para hombres, mujeres y niños (incluye ropa de trabajo, deportiva, de uso diario y todo tipo de accesorios de vestir), como también joyería y relojería.

– Calzado y Marroquinería: calzado deportivo y no deportivo, carteras, maletas, bolsos de mano y artículos de marroquinería de cuero y otros materiales.

– Teléfonos celulares con tecnología 4G.

– Muebles para el hogar.

– Bicicletas de todo tipo, inclusive las eléctricas, sus partes y/o piezas.

– Motos: todas aquellas cuyo precio final no sea superior a $1.300.000.

– Servicios Educativos: Comprenderá cursos de idioma, cursos relacionados con informática, deportivos y actividades culturales. No incluirá escuelas ni universidades.

– Colchones y sommiers.

– Libros y textos escolares.

– Anteojos recetados y lentes de contacto, adquiridos en ópticas, cuyo precio final no sea superior a $97.000.

– Artículos escolares de librería (cuadernos, papelería, lápices, lapiceras, mochilas, cartucheras, etiquetas, entre otros).

– Juguetes y juegos de mesa: todos los productos.

– Servicios técnicos de electrónica y electrodomésticos para el hogar.

– Neumáticos, accesorios, kit de conversión de vehículos a gas GNC y repuestos para automotores y motos.

– Instrumentos musicales.

– Computadoras, notebooks y tablets.

– Artefactos de iluminación, incluyendo los artefactos eléctricos de iluminación con tecnología LED (lightemitting diode).

– Televisores y monitores.

– Productos de cosmética, cuidado personal y perfumes.

– Pequeños electrodomésticos.

– Servicios de preparación para el deporte, comprendiendo gimnasios.

– Equipamiento Médico. Comprenderá instrumentos como equipos de terapia respiratoria, camas ortopédicas, sillas de ruedas y ortopedia. Se establecerá un tope para el rubro de $1.160.000.

– Maquinaria y herramientas. Comprenderá: taladros, amoladoras, lijadoras, pulidoras, sierras, soldadoras con electrodos revestido, soldadoras y morsas.

– Espectáculos y eventos culturales como obras teatrales y conciertos de artistas nacionales, y se establecerá un tope de $62.000.

– Elementos durables de cocina: ollas, cacerolas, sartenes y planchas, todos de aluminio.

– Servicios de reparación de vehículos automotores y motocicletas.

– Kit para la conexión domiciliaria a los servicios públicos de agua y cloacas.

Al programa podrán adherir los establecimientos que califiquen como “Supermercados”, “Hipermercados” o “Tiendas de Rubros Generales”, con tres y seis cuotas que ofrezcan bienes de producción nacional.

Para acceder a la resolución completa, haga click en el siguiente enlace: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302109/20240126

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