Programa ATP de noviembre: Inscripción

Desde el Centro Comercial, Industrial y de la Producción Villa Constitución (CCIP) informamos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó la inscripción al Programa ATP para el pago de los salarios de noviembre.

De esta forma, aquellas empresas que requieran asistencia estatal para el pago de los salarios de noviembre pueden inscribirse con clave fiscal desde el sitio web de la AFIP desde el día de hoy hasta el día 26 de noviembre inclusive .

Recordamos que el programa contempla los Créditos a Tasa Subsidiada, el Salario Complementario y los REPRO II, instrumentados por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

A continuación, el detalle de cada beneficio al que podrá acceder la empresa dependiendo de la actividad desarrollada y/o la variación nominal en su nivel de facturación:

  • Empresas que no desarrollan actividades críticas y registran una variación nominal negativa en su facturación entre los meses de octubre de 2020 y 2019. Deben registrarse en la página web de la AFIP y una vez finalizado el plazo de inscripción podrán optar entre tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 27% o solicitar el REPRO II que instrumenta el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Los empleadores que al concluir el período de inscripción decidan tramitar el REPRO II deberán recabar y presentar a través del servicio web “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”. El último balance junto con un conjunto de datos económicos sobre la empresa que son requeridos por del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

  • Empresas no afectadas en forma crítica que registran una variación nominal positiva en su facturación de 0% a 35%. Los empleadores podrán solicitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 33%. Los créditos contarán con un período de gracia de 3 meses y el repago se realiza en 12 cuotas iguales y consecutivas. Las empresas que cumplan las metas de creación de empleo establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo podrán recibir un reintegro total o parcial al finalizar la devolución del crédito.
  • Empresas afectadas en forma crítica. Aquellas firmas que registran una variación nominal negativa en su facturación entre los meses de octubre de 2020 y 2019 accederán al Salario Complementario. Cuando la variación de facturación nominal interanual sea entre 0% y 35% podrán acceder al beneficio del Crédito a Tasa Subsidiada.
  • Empresas del sector salud. Podrán acceder al salario complementario las firmas cuya variación de facturación interanual haya sido negativa, igual a cero o positiva de hasta el 35%.
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