Programa “Precios Justos”

El día viernes 11 de noviembre, el Ministerio de Economía lanzó el Programa “Precios Justos” con el objeto de garantizar la venta al consumidor final de ciertos productos a un precio fijo o con una variación constante y previamente acordada por un plazo determinado que le otorgue previsibilidad durante los meses de noviembre y diciembre de 2022 y de enero y febrero de 2023.

Los productos se comercializarán a un precio constante fijado en el Anexo durante los meses de noviembre y diciembre de 2022 y de enero y febrero de 2023

En relación a los productos disponibles para su venta y que no se encuentren incluidos en los Anexos de los convenios correspondientes, deberán venderse a un precio que se determinará teniendo en cuenta los precios promedio del mes de octubre de 2022 con un aumento de hasta el 4% para el mes de noviembre de 2022, de hasta el 4% para el mes de diciembre de 2022 respecto de los precios promedio del mes de noviembre de 2022, de hasta el 4% para el mes de enero de 2023 respecto de los precios promedio del mes de diciembre de 2022 y de hasta el 4% para el mes de febrero de 2023 respecto de los precios promedio del mes de enero 2023.

Dentro de los próximos 15 días hábiles se aprobará la señalética del Programa “Precios Justos” con su correspondiente imagen y descripción técnica. La misma podrá ser utilizada únicamente por las empresas que hayan suscripto convenios en el marco del Programa.

La señalética del Programa “Precios Justos” deberá ser utilizada por todas las empresas referidas en el párrafo precedente del presente artículo en su folletería, páginas web, plataformas digitales y/o cualquier otro material o medio de difusión relacionado con su respectivo negocio, en el que se haga mención al referido Programa o a los productos incorporados a éste.

En relación al incumplimiento del programa, se considerará que las empresas que hayan suscripto convenios en el marco del Programa “Precios Justos” han incurrido en infracción cuando:

  • No se encuentren ofertados en cada sucursal de las citadas empresas, al menos el 80% de los productos previstos en los Anexos de los convenios correspondientes, en las condiciones previstas en la presente medida, y no se encontraren ofertados sus respectivos sustitutos conforme los términos allí estipulados
  • No se encuentren correctamente identificados mediante la señalética del Programa “Precios Justos”, en cada sucursal de las citadas empresas, al menos el 80 % de los productos incluidos en los Anexos de los convenios correspondientes, en las condiciones previstas en la presente medida, que sean objeto de fiscalización;
  • Utilice la señalética del Programa “Precios Justos” en la oferta de productos objeto de fiscalización, que no se encuentren incluidos en los Anexos de los convenios correspondientes;
  • Establezca alguna restricción al número de productos de venta por consumidor o grupo familiar sin que esté previamente autorizado por la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA; y
  • No respondan en tiempo y forma los requerimientos de información efectuados al domicilio informado a la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Además, las personas podrán denunciar el incumplimiento por parte de las empresas que hayan suscripto convenios en el marco del Programa a través de la aplicación móvil que estará disponible para celulares con sistemas Android y con iOS y de un servicio de mensajería a utilizarse de manera virtual.

Para mayor información, podrá acceder a la Resolución 823/2022 .

Por otra parte, la Secretaría de Comercio a través de la Resolución 75/2022 , aprobó el Modelo de Convenio Específico de Colaboración a suscribirse entre el mencionado organismo y los municipios de las diversas provincias de la República Argentina que contribuyan en las actividades de fiscalización, control y juzgamiento de los incumplimientos a los acuerdos de precios en el marco del Programa “Precios Justos”, a los fines de acordar las pautas de coordinación y asistencia para el desarrollo de estas actividades, de conformidad con lo previsto en la Ley N° 24.240.

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